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ECONOMIA

30 de enero de 2025

El Gobierno continúa con las desregulaciones en el sector aerocomercial

Los cambios están relacionados con el certificado de explotador de servicio y las tarifas por la utilización de las pasarelas telescópicas

>En el marco de su Los cambios se hicieron oficiales mediante la publicación en el Boletín Oficial de la resolución 86/2025 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), en la que se abrogan una serie de normativas como la disposición 106/2002 sobre la implementación del Registro del Personal afectado al Servicio de Rampa y Escalas Habilitadas o la resolución 245/2023 en la que se aprobó el cuadro tarifario para la prestación de Servicios en Tierra a Aeronaves de la empresa Intercargo Sociedad Anónima Unipersonal.

En este contexto, se aprobó el reglamento para la obtención del certificado digital de explotador de servicios aeroportuarios, al tiempo que se dio el visto bueno al Registro del Personal Afectado a los Servicios Aeroportuarios Operacionales y de Rampa y Escalas Habilitadas.

Por otro lado, se autorizaron las nuevas tarifas de utilización de pasarelas telescópicas, montos que serán aplicables hasta que se aprueben los cuadros correspondientes.

“La presente resolución resulta aplicable a todos los trámites en curso que no cuenten con un acto administrativo firme y a todos los trámites iniciados con posterioridad a su entrada en vigencia. Los certificados emitidos con anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de la presente medida, mantienen el plazo de vigencia hasta su vencimiento”, aclara la normativa.

En ese sentido, aclaran que “las necesidades actuales del mercado aerocomercial y el nuevo esquema de política de aviación comercial, con el cual se aspira al funcionamiento adecuado del mercado, la libre competencia, la libertad de acceso al mercado y la mayor eficiencia, requieren la revisión del ordenamiento jurídico”.

Por esto mismo, consideraron que “corresponde derogar toda norma que se contraponga con las medidas oportunamente dictadas, así como establecer nuevos parámetros acordes a los principios establecidos en el decreto 599/202”.

Tal como había explicado el Gobierno, estas reformas se basan en principios como la transparencia en la medición, asignación y uso de la capacidad aeroportuaria, la limitación y eficiencia de las intervenciones de la Administración Pública Nacional, y la libertad en la fijación de frecuencias, siempre que estas sean declaradas en el plan de negocios y sujetas a criterios operativos estrictos para garantizar un desarrollo seguro del tráfico aéreo.

Además, se estableció una vigilancia operacional continua, junto con el resguardo de la seguridad operacional. Los cambios también contemplan el establecimiento de indicadores e índices de monitoreo enfocados en la eficiencia operacional, la regularidad, la puntualidad y la planificación. Asimismo, con el correr de los meses, se autorizaron nuevas rutas aerocomerciales y la incorporación de nuevos transportadores. Además, se garantizará el acceso y la asignación equitativa de los servicios y espacios comunes aeroportuarios, siguiendo estándares internacionales para favorecer la libre competencia.

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